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UIAF da «respiro» operativo a entidades reportantes tras emergencia por sismo en Colombia

UIAF da «respiro» operativo a entidades reportantes tras emergencia por sismo en Colombia

Bogotá, 19 de agosto de 2026.

En respuesta a la grave emergencia ocasionada por el sismo del pasado 10 de agosto y la posterior Declaratoria de Desastre Nacional (Decreto 1171 de 2026), la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) expidió la Resolución 362 del 14 de agosto de 2026. Con esta medida, el Gobierno busca evitar que las entidades y empresas obligadas a enviar reportes de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo incurran en sanciones por retrasos involuntarios derivados de la contingencia.

Todos los reportes (tanto objetivos como de Operaciones Sospechosas - ROS) cuya entrega correspondía originalmente al mes de agosto de 2026, podrán ser transmitidos en la plataforma SIREL hasta la fecha de corte ordinaria de septiembre de 2026. Los envíos realizados dentro de este plazo excepcional se entenderán presentados a tiempo. En consecuencia, el sistema no registrará extemporaneidad.

La medida aplica de forma exclusiva y extraordinaria para la obligación de agosto de 2026, sin alterar de forma permanente las normativas o calendarios habituales fijados por los entes de control.

La UIAF aclaró que la plataforma SIREL sigue funcionando normalmente. Las empresas o instituciones que mantengan su capacidad técnica y operativa intacta pueden continuar enviando sus reportes en los plazos habituales.

Sectores beneficiados

Los sectores sujetos a la obligación de reporte y cobijados por la presente medida corresponden a : i) Proveedores de Servicios de Activos Virtuales; ii) Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; iii) Superintendencia de Economía Solidaria; iv) Dian; v) Ministerio del Deporte; vi) Coljuegos; vii) Superintendencia Financiera de Colombia viii) Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar; ix) Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada; x) Superintendencia Nacional de Salud; x) Superintendencia de Sociedades- Concesionarios de vehículos y motocicletas; xi) Real importadoras y exportadoras de oro; xii) Consejo Nacional Electoral.

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