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6.2.6 Control ciudadano

La Constitución Política de Colombia de 1991 nos dio a todos los ciudadanos la posibilidad de participar e intervenir activamente en el control de la gestión pública.  Al mismo tiempo, determinó la forma como los ciudadanos participamos en la planeación, el seguimiento y la vigilancia de los resultados de la gestión estatal.

Nota aclaratoria: Lo anterior, acorde a lo señalado en el “Artículo 33. Reserva. Por la naturaleza de las funciones que cumplen los organismos de inteligencia y contrainteligencia sus documentos, información y elementos técnicos estarán amparados por la reserva legal por un término máximo de treinta (30) años contados a partir de la recolección de la información y tendrán carácter de información reservada