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1 de septiembre de 2015: Ministerio de Justicia y UIAF lideran hoy la XXIV sesión de la CCICLA

1 SEP 15


La CCICLA convocó a representantes de todas las entidades que la conforman, entre ellos, al Viceministro Técnico de Hacienda, Andrés Escobar Arango; al Viceministro de Defensa para las Políticas y Asuntos Internacionales, Anibal Fernández de Soto; a la Directora de la Fiscalía Nacional Especializada en Antinarcóticos y Lavado de Activos de la Fiscalía General de la Nación, Luz Ángela Bahamón, y a delegados del Departamento Nacional de Planeación (DNP).

Durante el encuentro se expuso el documento propuesta para la difusión de la Evaluación Nacional de Riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) realizada en el año 2013, así como las conclusiones y recomendaciones pertinentes para fortalecer las estrategias llevadas a cabo por las entidades que hacen parte del sistema antilavado.

Igualmente, la reunión permitió determinar y priorizar los aspectos más relevantes para la futura evaluación que realizará el Fondo Monetario Internacional (FMI) al Sistema Nacional Anti Lavado y Contra la Financiación del Terrorismo (ALA/CFT) en el año 2017.  El pasado 6 de noviembre de 2014, la CCICLA aprobó que el FMI realice la evaluación a Colombia con el propósito de mejorar y focalizar las acciones del Estado en la lucha contra el lavado de activos.

En ese contexto, el DNP evaluó durante la sesión el plan de acción del documento CONPES 3793 de la Política Nacional ALA/CFT. El documento contiene las fortalezas y debilidades normativas del sistema antilavado, presenta un diagnóstico técnico e incluye con una serie de recomendaciones encaminadas al cumplimiento de las acciones establecidas dentro de la política nacional antilavado.   

Por su parte, el Ministerio de Justicia presentó el informe sobre las entidades que requieren robustecer sus facultades de supervisión y sanción específicas, con el propósito de estandarizar y unificar las normas que rigen en los diferentes sectores. Dicho informe identificó las a los organismos de supervisión que requieren ser fortalecidos en lo relativo a los mecanismos para la prevención, control y sanción de las conductas asociadas al lavado de activos, el contrabando, el fraude aduanero y la financiación de las organizaciones delincuenciales y terroristas.

Una Comisión para coordinar las acciones del Estado contra el LA/FT

Creada por el Decreto 950 de 1995 y modificada por los Decretos 754 de 1996 y 3420 de 2004, la CCICLA tiene la responsabilidad de recomendar al Gobierno Nacional y a las entidades públicas, medidas de política estatal, mecanismos y controles contra el lavado de activos, los delitos subyacentes o conexos, y la financiación del terrorismo.

Asimismo, debe orientar a las entidades públicas, privadas y organismos de autorregulación en la ejecución de las funciones relacionadas con la lucha contra las conductas asociadas al lavado de activos, el financiamiento y enriquecimiento de las organizaciones delincuenciales y terroristas.

Por otra parte, la Comisión tiene la facultad de analizar y aprobar las propuestas de modificación legislativa presentadas por los Comités Técnicos y canalizarlas a través del Ministerio de Justicia y del Derecho hacia el ministerio del ramo correspondiente.

Otra de sus funciones es la de emitir directrices a los Comités Técnicos sobre la elaboración de estudios de riesgo o normativos que estén orientados, entre otros, a la identificación de nuevos sectores o actividades de riesgo y a la actualización de las tipologías de lavado de activos, la financiación del terrorismo, el contrabando y el fraude aduanero.

Con la creación de la CCICLA, el Estado colombiano reconoció que la acción de la criminalidad organizada distorsionaba la economía y afectaba gravemente a la sociedad, razón por la cual se hizo indispensable aunar esfuerzos que permitieran el debilitamiento económico y estructural de las organizaciones criminales. Así mismo, concibió a la Comisión como “un mecanismo de coordinación interinstitucional y de interacción con la sociedad civil, que permita actuar eficazmente al Estado, a través de sus distintas agencias, en la prevención y represión del blanqueo de activos”.