6.2.2 Planeación y/o presupuesto participativo
- 1.6 Directorio de entidades
- 1.7 Directorio de agremiaciones o asociaciones en las que participa
- 1.8 Servicio al público, normas, formularios y protocolos de atención
- 1.9 Procedimientos que siguen para tomar decisiones en las áreas
- 1.10 Mecanismos para presentar quejas, reclamos y solicitudes
- 1.11 Calendario de actividades y eventos
- 1.12 Información sobre decisiones que puedan afectar al público
- 1.13 Entes y autoridades que lo vigilan
- 1.14 Publicaciones de hojas de vida
2.3 Proyectos de normas para comentarios
- 6.1.1 Descripción general del menú participa
- 6.1.2 Información sobre los mecanismos, espacios o instancias del menú participa
- 6.1.3 Estrategia de participación ciudadana
- 6.1.4 Estrategia anual de rendición de cuentas
- 6.1.5 Plan anticorrupción y de atención al ciudadano (PAAC)
- 6.1.6 Informes de rendición de cuentas generales
- 6.1.7 Convocatorias para la participación de la ciudadanía y grupos de valor en los espacios, instancias o acciones que ofrece la entidad
- 6.1.8 Calendario de la estrategia anual de participación ciudadana
- 6.1.9 Formulario de inscripción ciudadana a procesos de participación, instancias o acciones que ofrece la entidad
- 6.1.10 Canal de interacción deliberatoria para la participación ciudadana
- 7.1.1 Registro de activos de información
- 7.1.2 Índice de Información clasificada y reservada
- 7.1.3 Esquema de publicación de información
- 7.1.4 Programa de Gestión Documental
- 7.1.5 Costos de reproducción
- 7.1.6 Registro de publicaciones
- 7.1.7 Tablas de retención documental
- 7.1.8 Plan institucional de archivo
- 7.1.9 Políticas de seguridad de la información
La planeación participativa, como lo indica el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), “es entendida como el mecanismo mediante el cual la sociedad civil decide el rumbo de las políticas, planes, programas, proyectos o trámites de acuerdo con sus necesidades. La participación puede darse en la delimitación de los resultados e impactos esperados y en la definición de productos y actividades”.
El presupuesto participativo, como lo indica el DAFP, “es obligatorio para las entidades territoriales, tales como: alcaldías, gobernaciones, entre otras y no para entidades nacionales (Art 90, 91, 92 y 93 Ley 1557 de 2015)”.
Nota aclaratoria: Lo anterior, acorde con lo señalado en el “Artículo 33. Reserva. Por la naturaleza de las funciones que cumplen los organismos de inteligencia y contrainteligencia sus documentos, información y elementos técnicos estarán amparados por la reserva legal por un término máximo de treinta (30) años contados a partir de la recolección de la información y tendrán carácter de información reservada”


