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Superintendencia de Sociedades

Revisores Fiscales

Corresponde a los Revisores Fiscales reportar a la UIAF en forma inmediata las operaciones que determinen como sospechosas.

El Revisor Fiscal debe registrarse a nombre propio, si es persona natural en el campo Razón Social y Comercial debe colocar su nombre, en el campo NIT debe colocar su numero de cédula y en los campos de oficial de cumplimiento y/o responsable de elaborar reportes sus datos.

Si quien hace el registro es una empresa de Revisoría Fiscal en el campo Razón Social y Comercial debe colocar el nombre de la empresa y en el campo NIT el NIT de la misma, en los campos de oficial de cumplimiento y/o responsable de elaborar reportes deben ir los datos del representante legal de la empresa de Revisoria Fiscal.

"Por medio de la cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal".

Anexo 1 - ROS (1.07 MB)

"Por la cual se impone a las personas naturales, sociedades comerciales y empresas unipersonales dedicadas de manera profesional en el territorio nacional a la compraventa y/o compraventa mediante consignación de vehículos automotores nuevos y/o usados, la obligación de reportar de manera directa a la Unidad de Información y Análisis Financiero".

Sociedades Comerciales Vigiladas

Sector de agentes inmobiliarios, sector de comercialización de metales preciosos y piedras preciosas, sector de servicios jurídicos, sector de servicios contables, sector de construcción de edificios y obras de ingeniería civil, servicios de activos virtuales, sectores de supervisión especial o regímenes especiales y empresas que reciban aportes en activos virtuales, que estén en vigilancia de la Superintendencia de Sociedades y que a 31 de diciembre del año anterior hubieren obtenido ingresos totales iguales o superiores a 40.000 SMLMV.

Modifica la Circular Básica Jurídica de 2015 de la Superintendencia de Sociedades

"Modificación Integral al Capítulo X de la Circular Básica Jurídica de 2017".

Modificación de los numerales 5.1.2., 5.1.4.3.1., 5.1.4.5., 5.1.4.8., 5.3.2., 7.1. y 7.2. de la Circular Externa No. 100-000016 del 24 de diciembre de 2020
 

Anexo 1 - ROS (152.66 KB)

Logo superintendencia de sociedades.

Entidad encargada de la vigilancia y control de Sociedades Comerciales, Revisores Fiscales, Concesionarios de Vehículos, Motos y Empresas Exportadoras y/o Importadoras de Oro.

Recuerde que si su entidad no cuenta con los mecanismos para la creación del reporte cumpliendo con las especificaciones técnicas del correspondiente anexo, las utilidades les permitirán generarlo. Su uso no es obligatorio y está limitado a un total de 65.524 filas.


La información publicada por la Unidad busca facilitar el acceso de esta a la ciudadanía, no obstante, únicamente tiene carácter informativo, pues la Unidad no tiene facultades de supervisión ni puede intervenir en la interpretación de actos administrativos de origen externo. Por lo anterior, en caso de presentarse cualquier inquietud relacionada con la interpretación de estos actos o en relación con su vigencia, lo invitamos a consultar directamente en los canales dispuestos por el emisor.

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